¿Se dañó tu vehículo por caer en bache?, puedes demandar al Ayuntamiento

Colima.- Si algo abunda durante las últimas semanas, son los baches en las vialidades.

Automovilistas de varios municipios han reportado ser víctimas de estos pozos que dañan sus vehículos y en ocasiones, arriesgan sus vidas.

Pero debes saber que la historia puede tener un final feliz para el afectado.

Es el caso de quienes demandan a las autoridades responsables (mayoritariamente ayuntamientos), y tras una serie de trámites, logran que se les pague una indemnización.

La demanda puede interponerse ante la propia autoridad responsable de la vialidad (Gobierno del Estado o Ayuntamientos) o ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Colima (TCA).

En el último caso, el TCA funcionará como un mediador entre el ciudadano afectado y la autoridad.

Se estima que 8 de cada 10 casos concluyen a favor del demandante, señala en entrevista con AFmedios, Jorge Ricardo Anguiano Barbosa, primer secretario de Acuerdos del Tribunal.

“Cuando el ciudadano presenta la reclamación, debe establecer el monto del daño y tiene que demostrarlo, anexar facturas o notas de talleres, para demostrar que ese fue el daño que sufrió”.

La demanda debe acompañarse de todo tipo de pruebas posibles, incluso de testimonios.

En el proceso, tanto el Ayuntamiento como el ciudadano presentarán sus argumentos, y en un lapso aproximado de tres o cuatro meses, el TCA definirá si la demanda es ganada.

Si es así, la autoridad tiene 10 días hábiles para pagar el monto estipulado.

Durante los años que el funcionario lleva dentro del Tribunal, el mayor monto que ha visto pagar a un ciudadano ha sido cercano a los 40 mil pesos, y no se trató de un bache.

Fue el caso de un cruce vial en el que dos semáforos tenían luz verde, lo que ocasionó un fuerte accidente entre dos vehículos.

Y es que la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Colima permite demandar a autoridades municipales o estatales por cualquier funcionamiento irregular que afecte la propiedad de un ciudadano, como también puede ser la caída de una rama o un poste en un jardín público.

“Mucha gente desconoce la existencia del Tribunal y que está ese derecho en favor de ellos para demandar a los ayuntamientos en este asunto”.

En todos los casos, la demanda deberá superar las 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), lo que actualmente equivale a 3 mil 774.5 pesos.

Quienes que tengan daños por debajo de ese monto, están desprotegidos.

“Sería cuestión de hacer un análisis en cuanto al monto, proponer bajar las cuantías porque no podemos medir con la misma vara, hay personas que mil pesos ya los perjudica en su economía familiar, hasta 500 pesos”.

Durante el 2017 se han interpuesto 17 demandas contra los ayuntamientos de Colima, Villa de Álvarez y Manzanillo.

Requisitos

De acuerdo al artículo 22 de la Ley, la solicitud de reclamación deberá contener como mínimo lo siguiente:

– El nombre, denominación o razón social del promovente y, en su caso, del representante legal, agregándose los documentos que acrediten la personería.

– Señalar en su solicitud al o los servidores públicos involucrados en la actividad administrativa que se considere lesiva, solo en el caso de que pueda identificarlos.
– Describir los hechos y razones en los que apoya su petición.

– Indicar el monto de la indemnización que se exija.

– Anexar los documentales y ofrecer los demás medios probatorios que estime oportuno para acreditar la actividad administrativa, la lesión y la relación de causalidad entre la primera y la segunda.

– Toda reclamación deberá estar firmada por quien formule y sin este requisito se tendrá por no presentada, a menos que el solicitante no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, imprimirá su huella digital y firmará otra persona a su ruego.

Los afectados tienen hasta un año a partir del día de la lesión, para interponer la demanda.

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