El Pleno del Senado de la República aprobó diversas modificaciones a la Ley General de Víctimas, a fin de garantizar, proteger y promover los derechos de las víctimas de delitos, y dotar de herramientas a las instituciones encargadas de atenderlas.
Con 77 votos a favor y nueve en contra, los senadores discutieron las disposiciones que incluyen la participación de las víctimas, sociedad civil y academia, y establece diversas facultades atracción y reparación del daño de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
El dictamen presentado por las comisiones unidas de Gobernación, de Derechos Humanos; de Justicia; y de Estudios legislativos, logró amplio apoyo durante su discusión en el Pleno.
El proyecto establece que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) dejará de ser un órgano colegiado, el cual estará a cargo de un Comisionado Ejecutivo con amplio reconocimiento en la defensa y protección de los derechos humanos. Se propone que el Comisionado tendrá a su cargo designar a las personas responsables del Fondo de Recursos, la Asesoría Jurídica y el Registro Nacional de Víctimas.
Será nombrado por el Presidente de la Republica, previa consulta pública entre colectivos de víctimas y especialistas que trabajen en la atención a víctimas; deberá ser ratificado por el voto de las dos terceras partes de los presentes en sesión ordinaria, del Senado de la República.
Asimismo, se elimina la existencia de los comités de estructura y se determina la existencia del Comité Interdisciplinario Evaluador, que tendrá facultades para elaborar los proyectos de dictamen, de acceso a los recursos, así como para la creación de fondos de emergencia.
La propuesta prevé que, para garantizar la efectividad de las acciones del gobierno a favor de las personas en situación de víctima, participen en elaboración de la política pública los distintos actores sociales, de tal forma que la aplicación de las directrices de atención y el ejercicio de los recursos públicos destinados a la ayuda, asistencia y reparación integral sea abierta y transparente.
Para ello, se concibe la creación de una Asamblea Consultiva que funcionará como un órgano de opinión y asesoría de las acciones, políticas públicas, programas y proyectos que desarrolle la CEAV, y estará integrada por nueve representantes de colectivos de víctimas, organizaciones de la sociedad civil y académicos.
Adicionalmente, cuatro representantes de la Asamblea integrarán la Junta de Gobierno, por lo que su participación estará garantizada en todo momento para la debida atención a las víctimas.
Por otro lado, se flexibilizan los mecanismos de acceso a los recursos del Fondo, fortalecen el otorgamiento de medidas de ayuda, ayuda inmediata, asistencia, atención y rehabilitación que son necesarias y urgentes para subsanar las necesidades diarias de las víctimas y que hoy se encuentran sujetos a mecanismo burocráticos.
Para lo anterior, se plantea que los recursos de ayuda y a diversos gastos, como alimentación, hospedaje, trasportación, entre otros, deben ser concebidos como gastos operativos ordinarios que les permitan a las víctimas obtener una atención inmediata, adecuada y efectiva.
Del mismo modo, el dictamen establece la obligación de las entidades federativas de contar con un fondo de ayuda, asistencia y reparación integral, asesoría jurídica y un registro de víctimas, con lo cual la CEAV y las Comisiones Ejecutivas de los estados puedan, con cargo al Fondo Federal o a los fondos estatales según corresponda, proporcionar recursos de ayuda.
También, para que entreguen la compensación subsidiaria a víctimas del fuero común, a efecto de garantizar sus derechos cuando la entidad federativa lo solicite por no contar en el momento con la disponibilidad presupuestaria necesaria.
El dictamen destaca que la mayoría de delitos que se cometen en territorio nacional corresponden al fuero local, por lo que “un importante universo de víctimas de delitos de alto impacto no tiene acceso efectivo a los derechos que marca la Ley”. Por ello, propone facultar a la CEAV para que pueda atraer e intervenir en la atención, y en su caso, en la reparación del daño a víctimas en casos del fuero local.
Respecto al fenómeno de desplazamiento interno que se registra en el país, el proyecto propone que la Ley atienda y proteja, a partir de un enfoque diferencial, los derechos de las víctimas de este problema. La Ley General de Víctimas deberá otorgar atención inmediata a las poblaciones víctimas de desplazamiento para cubrir sus necesidades prioritarias.
Para garantizar el derecho de las personas migrantes y de las víctimas de desplazamiento interno, se precisa, deberán ser atendidas con base en un enfoque diferencial y especializado, que atienda de manera particular las principales afectaciones y consecuencias de estos grupos vulnerables.
En otro tema, se propone incluir que las autoridades de todos los ámbitos de gobierno deberán actuar conforme a los principios y criterios establecidos en la Ley, pues en caso contrario quedarán sujetos a las responsabilidades administrativas, civiles o penales a que haya lugar.
Las modificaciones a este ordenamiento incluyen el interés superior de la niñez, como principio rector, en congruencia con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente. BP