Tres cosas sobre la participación ciudadana en el estado y el municipio

¿SABES QUÉ?
Por: Mtro. Florencio Llamas Acosta. *

Es importante recordar que el municipio esta constituido por una comunidad de personas, establecida en un territorio determinado, cuya finalidad consiste en promover la gestión de sus intereses, proteger y fomentar los valores de la convivencia local y prestar los servicios básicos que ésta requiera.

Por ello, resulta imprescindible que los habitantes sean parte, formen parte y se sienta parte de la conducción del gobierno municipal y participen en la solución de los problemas de la comunidad.

Para que esta participación sea efectiva se requiere la voluntad de participar y que el gobierno genere los espacios de participación ciudadana y comunitaria.

Sin embargo, vemos que gran parte de la población privilegia su interés personal y su confort. Solo se activa y se involucra cuando el problema le afecta directamente, es entonces, cuando aparece el interés de participar, más preocupado por su beneficio personal que por beneficios colectivos.

Pero ¿sabes qué?

1.- Sabes que, el artículo 17 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, establece que todo el vecino puede presentar iniciativas populares sobre reglamentos municipales, además tienen el derecho a ejercer interlocución con las autoridades municipales y ser atendidos por las mismas, en todo asunto relacionado con su calidad de vecino, así como proponer a las autoridades municipales las medidas y acciones que juzgue de utilidad pública.

2.- Sabes que, también se tiene el derecho a formar parte de los organismos de participación ciudadana y vecinal, de aceptar los cargos para formar parte de los concejos municipales, así como participar en los asuntos que así le competan en torno a las acciones emprendidas por el ayuntamiento y participar en los procesos de elección de obras prioritarias a través del presupuesto participativo, conforme lo dispuesto en la Ley de Participación Ciudadana.

3.- Sabes que, el artículo 9 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Colima, establece que además de los derechos que establezcan la Constitución Estatal y otras leyes, los habitantes del Estado tienen derecho a proponer en audiencia pública a la asamblea ciudadana y al comité ciudadano, así como al Ayuntamiento en que residan, acuerdos o la realización de actos en su colonia o fraccionamiento; también ser informados respecto de las materias relativas al Estado sobre leyes, decretos y toda acción de gobierno de interés público, recibir la prestación de servicios públicos, así como, presentar, ante la autoridad correspondiente, quejas y denuncias por la incorrecta prestación de servicios públicos o por irregularidad en la actuación de los servidores públicos , y el emitir opinión y formular propuestas para la solución de los problemas de interés público o general y para el mejoramiento de las normas que regulan las relaciones en la comunidad, mediante los instrumentos de participación ciudadana previstos en esta Ley.

Podemos concluir, que existen muchos derechos y formas que nos permiten participar en los asuntos públicos e influir en el rumbo del municipio y del estado, en la medida que seamos una ciudadanía proactiva, nos permitirá tener mejores gobiernos, garantizar mejor toma de decisiones y con ello una mejor calidad de vida en colectividad.

¿Sabes qué? Nos leemos la próxima semana.

Licenciando en Sociología, Maestro en Ciencias Políticas, catedrático, analista político, asesor y consultor.