España.- Este martes 17 de octubre, el Tribunal Constitucional del Gobierno de España declaró inconstitucional y nula la Ley de Cataluña 19/2017, denominada “del referéndum de autodeterminación”.
La ley aprobada por el Parlamento Catalán el 6 de septiembre, fue suspendida al día siguiente de manera cautelar.
El tribunal afirma que la norma invade competencias estatales en materia de consultas legislativas y “vulnera la supremacía de la Constitución, la soberanía nacional y la indisoluble unidad de la Nación española.”
Mediante un comunicado posterior a la sentencia, el pleno del Tribunal también determinó que el Parlamento de Cataluña incurrió en faltas al proceso legislativo, afectando los derechos ciudadanos de participación en asuntos públicos a través de representantes.
En el análisis se estableció que el derecho de autodeterminación no está reconocido en la Constitución, entendido como “‘derecho’ a promover y consumar su secesión unilateral del Estado en el que se constituye España”.
Por lo tanto, el Tribunal considera que el Parlamento de Cataluña se situó al margen del derecho poniendo en riesgo la vigencia y efectividad de las garantías y derechos de los catalanes, “a merced de un poder que dice no reconocer límite alguno”.
El Tribunal reiteró a la Generalitat su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir el fallo de la sentencia declarada este martes 17 de octubre.
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